jueves, 8 de abril de 2021

¿En qué casos es posible revelar la identidad de un luchador?

Contrario a la creencia general no es la máscara el elemento más sacro de la lucha libre sino el misterio que la misma oculta. Durante décadas, los luchadores guardaron celosamente su identidad secreta hasta que eventualmente, con el paso de los años, las nuevas generaciones de gorilitas abandonaron las prácticas más ortodoxas y se volvieron mucho más laxos en el cuidado de su misterio. Actualmente, buena parte de los luchadores ya ni siquiera se esmeran en cuidar su identidad y por el contrario tal parece que deliberadamente buscan dar a conocer la misma. Este tipo de prácticas y algunas vistas en el pasado permiten que nos preguntemos, ¿Cuándo es válido dar a conocer la identidad de un luchador enmascarado? Bien, de inicio, no existe ninguna ley que lo impida y aunque elementos como El Hijo del Santo invoquen erróneamente al delito de revelación de secretos industriales lo cierto es que la identidad de los luchadores no se encuentra protegida por ninguna ley o reglamento y que únicamente se trata de un uso y costumbre propio del gremio de la lucha libre (mismo que no se encuentra dentro de los supuestos en donde los usos y costumbres obligan legalmente a las partes). Por tanto, revelar o no la identidad de un luchador es un asunto estrictamente de ética.

En mi caso, en más de una vez he publicado el rostro y el nombre completo de varios luchadores y mi criterio para hacerlo es muy simple; que tácita o expresamente el luchador autorice dicha revelación. A continuación me permito dar algunos ejemplos:

 
Los re-enmascarados. Exceptuando casos como el del Estado de México -los menos- en el resto del país, incluyendo a la Ciudad de México, no existe ninguna ley, código o reglamento en donde se le prohíba a luchador alguno volver a enmascararse. Es más, podrían hacerlo inmediatamente después de haber sido desenmascarados y ninguna autoridad podría impedírselos -salvo la excepción ya dicha-. Luego entonces, la práctica de no volver a enmascararse es solo un uso y costumbre del gremio que sirve para darle credibilidad a la lucha libre, por tanto, este uso y costumbre es mucho más importante que la identidad de un re-enmascarado. Ejemplo: La Park (Adolfo de los Ángeles Tapia Ibarra). No existe obligación de respetar a quien no respeta.
  
La comisión de un delito. Simple, no tengo porque proteger la identidad de una persona que viola las leyes penales, por ejemplo Pentagoncito (Bernabé García Julián). Sería absurdo brindarle dicha protección a tipos que, de hecho, son un riesgo para la sociedad. Dependiendo del tipo de delito ni siquiera me sentiría obligado a esperar una sentencia condenatoria para difundir y publicar el nombre de un enmascarado cuando su identidad fuera esencial para su identificación por parte de otras posibles víctimas. 

Ahora bien, existen situaciones legales de índole no penal en donde, a pesar de que las mismas son promovidas utilizando el nombre real de los luchadores y que incluso tengan relevancia en el gremio, por ningún motivo revelaría sus identidades, esto es cuando se trate de demandas laborales o de prestaciones en donde mediante la vía civil o mercantil demanden a sus patrones. No hacerlo así sería inhibir a los luchadores de exigir sus derechos por la vía legal y fungir como tontos útiles para los empresarios, tal y como muchos medios penosamente lo hicieron con El Hijo del Santo en su demanda en contra de PAPSA. Por supuesto que los casos penales en donde los luchadores fungen como víctimas y aquellos cuyo contenido no tiene ninguna relevancia para el gremio no justifican la revelación de la identidad de luchador alguno.

Muerte (Consideraciones): La muerte justifica la revelación de una identidad pero considero que se deben de tener en cuenta algunos factores para hacerlo. Existen casos como el de Rodolfo Guzmán Huerta en donde su identidad ya forma parte de la cultura popular mexicana y que por tanto es absurdo tratar de mantener su identidad, sin embargo, existen otros como los casos de Mr. Niebla y La Parka que sirven para ejemplificar mi punto de vista sobre que hacer en este tipo de casos. Un luchador finado cuenta entre su patrimonio a su personaje, por tanto, es evidente que sus hijos podrían llegar a ser los futuros portadores/administradores del mismo y por ello hay lugar para la autocensura. En el caso de La Parka fue su propia familia quien divulgó el nombre y rostro del finado, por tanto, aplica aquello de que no se puede ser más papista que el Papa. El caso de Mr. Niebla es diferente porque la revelación de su identidad provino del Hijo del Fantasma y fue secundada imprudentemente por medios de la fuente, atribuyéndose así una  facultad que solo le correspondía a la familia.

Actividad Político-Electoral: No tengo ningún reparo en revelar el nombre y rostro de cualquier enmascarado que se involucre en actividades político-electorales -no confundir con el activismo político-  por la simple y sencilla razón de que me importa más la vida política de mi país, sus leyes y reglamentos, que un uso y costumbre de la lucha libre carente de fundamento legal. Por tanto, fungir como autoridad e involucrarse en la vida electoral del país y en consecuencia participar de dinero del erario para el financiamiento de su actividad política es una invitación abierta para revelar sus identidades bajo el principio de transparencia que rige a nuestra vida política. Es absurda la postura de varios medios que en aras de proteger la identidad de un luchador son capaces de difundir que un alcalde puede gobernar enmascarado y sin necesidad de revelar su nombre, o bien, que su nombre no aparecerá en la boleta electoral -Aparece el nombre y el alías porque este es un accesorio del primero y no al revés-. Este es el caso de Blue Demon Jr. -Luis Roberto Rabadán Urueta- y del Fantasma -Luis Alcantar Manzo-.

Renuncia Tácita: El caso que antecede es un ejemplo de renuncia tácita pero hay muchos otros, por ejemplo, admitir su participación en material audiovisual en donde no utilicen máscara -Ke Monito-. Admitir su parentesco con otro luchador cuyo nombre sea público y que este plenamente documentando que en alguna entrevista haya revelado los nombres de sus familiares -Familia Rodríguez Arellano-. Revelar información jurídica en donde puede desprenderse su nombre de pila -Juan Carlos López Escalera/Octagón-. También es el caso de vincular sus redes sociales laborales con las personales y permitir el etiquetado de fotos, o bien, firmar clausulas en donde autoricen a sus empresas a revelar sus nombres bajo ciertas condiciones -Carístico-. Otro ejemplo es el de recibir homenajes a título de la persona y no del personaje -Canek-. En este caso soy partidario de dosificar las veces en las que me refiero a dichos luchadores por su nombre de pila y referirme la mayoría de veces a ellos usando su nombre artístico.

Renuncia Expresa: Como su nombre lo dice son los actos en donde expresamente el luchador renuncie a su anonimato. Este es el caso de Súper Muñeco, Eddie Guerrero, Cinta de Oro Jr o de las luchadoras que en aras de ganar notoriedad en las redes sociales, publican las fotos de sus rostros. Son situaciones que no están sujetas a interpretación y en donde es notoria la renuncia al anonimato. Vaya, si a ellos no les interesa conservar su anonimato a mi menos  

Rigor Periodístico: La importancia de admitir si se cubre a la lucha libre desde un punto de vista real o ficticio radica en que el primer caso y en aras del rigor periodístico es válido revelar la identidad de un luchador como puede tratarse de los casos en donde un elemento sin máscara decide utilizar una. Estrictamente hablando no hay razón alguna para revelar la identidad de dicho luchador pero lo mismo se puede hacer cuando se realiza una semblanza o biografía del mismo en un tono periodístico riguroso, por el contrario, no sería ético hacerlo por simple amarillismo. de forma trivial o injuriosa -Héctor Valero Meré hacia El Halcón-.

Al final del día la máscara solo se pierde en el ring, sin embargo, el día a día nos ofrece circunstancias como las aquí enunciadas en donde es válido referirse a un luchador por su nombre de pila e incluso publicando su rostro. 

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